José Bretón durante el juicio
El juez entiende que asesinó a sus hijos con alevosía. Indemnización de 500.000 euros para la madre de los niños
Pena máxima. José Bretón ha sido condenado a 40 años de prisión por el doble asesinato de sus hijos Ruth y José con la agravante de grado de parentesco según la sentencia que se ha dado a conocer hace unos minutos por el magistrado Pedro J. Vela de la Audiencia Provincial de Córdoba. Es la misma pena solicitada tanto por el Ministerio público como por la acusación. Además le condena a una multa de 9 meses a razón de diez euros diarios por un delito de simulación de delito por decir que había perdido a sus hijos sin ser cierto.
Tras ser declarado culpable por el tribunal popular que lo juzgó durante el último mes, el magistrado-presidente le impone durante 42 años una orden de alejamiento de la familia materna a un kilómetro de radio y sin ningún tipo de comunicación. Del mismo modo, Bretón deberá indemnizar a Ruth Ortiz con 500.000 euros y al Ministerio del Interior con 137.335 y al Ayuntamiento de Córdoba con 22.567 euros por los gastos ocasionados en la investigación.
El magistrado cree también probado que Bretón mató a sus hijos para vengarse de su mujer Ruth Ortiz en aquello más sensible como eran sus hijos. Otro elemento que ya dejó claro el jurado en su veredicto.
Sobre la cadena de custodia y el origen de los restos óseos hallados en la hoguera, el fallo es rotundo: «La prueba practicada en el juicio oral no arroja la más mínima duda sobre que los restos fueron unos y los mismos» y resta peso a la situación del hueso número 8 por la abundante presencia de restos en ese trabajo.
«Lo que ha quedado patente a través de toda la prueba practicada es su intención de acabar con su vida, pues dicha cremación no puede tener otra finalidad ni otro posible resultado que la muerte de los niños», señala el juez en su fallo, que ha acogido todos los elementos expuestos por el tribunal popular en su veredicto de culpabilidad aportándoles jurispurdencia.
«Este veredicto supera notablemente los estándares de motivación exigidos», revela sobre el trabajo del jurado Pedro Vela a la vez que agrega que está «suficientemente motivado» el mismo.
El presidente del tribunal, como en su día el jurado, hace suyos los elementos que apuntan a la alevosía de Bretón independientemente de la causa estricta de muerte: «Adormeció a los niños mediante la administración de los tranquilizantes y, en todo caso, que para la ejecución material de sus actos se prevalió de su mayor fortaleza física, su condición de padre y la consecuente confianza de los niños y su autoridad sobre ellos, sin que los mismos pudieran defenderse».
Se le aplicaría el tercer grado una vez transcurrida la mitad de la pena (20 años), como marca la legislación, aunque fuentes jurídicas ya han avanzado que no estaría más de 25 años en prisión.
La defensa ya anunció tras el veredicto que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el Tribunal Supremo.
Pena máxima. José Bretón ha sido condenado a 40 años de prisión por el doble asesinato de sus hijos Ruth y José con la agravante de grado de parentesco según la sentencia que se ha dado a conocer hace unos minutos por el magistrado Pedro J. Vela de la Audiencia Provincial de Córdoba. Es la misma pena solicitada tanto por el Ministerio público como por la acusación. Además le condena a una multa de 9 meses a razón de diez euros diarios por un delito de simulación de delito por decir que había perdido a sus hijos sin ser cierto.
Tras ser declarado culpable por el tribunal popular que lo juzgó durante el último mes, el magistrado-presidente le impone durante 42 años una orden de alejamiento de la familia materna a un kilómetro de radio y sin ningún tipo de comunicación. Del mismo modo, Bretón deberá indemnizar a Ruth Ortiz con 500.000 euros y al Ministerio del Interior con 137.335 y al Ayuntamiento de Córdoba con 22.567 euros por los gastos ocasionados en la investigación.
El magistrado cree también probado que Bretón mató a sus hijos para vengarse de su mujer Ruth Ortiz en aquello más sensible como eran sus hijos. Otro elemento que ya dejó claro el jurado en su veredicto.
Sobre la cadena de custodia y el origen de los restos óseos hallados en la hoguera, el fallo es rotundo: «La prueba practicada en el juicio oral no arroja la más mínima duda sobre que los restos fueron unos y los mismos» y resta peso a la situación del hueso número 8 por la abundante presencia de restos en ese trabajo.
«Lo que ha quedado patente a través de toda la prueba practicada es su intención de acabar con su vida, pues dicha cremación no puede tener otra finalidad ni otro posible resultado que la muerte de los niños», señala el juez en su fallo, que ha acogido todos los elementos expuestos por el tribunal popular en su veredicto de culpabilidad aportándoles jurispurdencia.
«Este veredicto supera notablemente los estándares de motivación exigidos», revela sobre el trabajo del jurado Pedro Vela a la vez que agrega que está «suficientemente motivado» el mismo.
El presidente del tribunal, como en su día el jurado, hace suyos los elementos que apuntan a la alevosía de Bretón independientemente de la causa estricta de muerte: «Adormeció a los niños mediante la administración de los tranquilizantes y, en todo caso, que para la ejecución material de sus actos se prevalió de su mayor fortaleza física, su condición de padre y la consecuente confianza de los niños y su autoridad sobre ellos, sin que los mismos pudieran defenderse».
Se le aplicaría el tercer grado una vez transcurrida la mitad de la pena (20 años), como marca la legislación, aunque fuentes jurídicas ya han avanzado que no estaría más de 25 años en prisión.
La defensa ya anunció tras el veredicto que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el Tribunal Supremo.
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